Anoche, el BCRA publicó la Comunicación A 7552 que limita aún más el acceso al MULC para giro de divisas al exterior a aquellas personas que adquieren dólares o activos externos a través de operatoria con tÃtulos valores.
En concreto, son dos nuevas restricciones del BCRA que se describen a continuación.
Tenencias de CEDEARS
Hasta el dÃa de ayer, para acceder al MULC una persona debÃa tener en el exterior activos externos lÃquidos no superiores a USD 100.000. Para resguardarse de la devaluación, muchas empresas optaban por comprar CEDEARS (certificado de depósitos argentinos representativos de acciones extranjeras) que no computaban contra el lÃmite de USD 100.000 ya que no son activos externos.
A partir de la Comunicación A 7552, el BCRA los incluye dentro del cupo de los USD 100.000. Es decir, al momento del acceso al MULC la empresa deberá firmar una declaración jurada indicando que no tiene activos externos lÃquidos y CEDEARS que superen en conjunto USD 100.000.   La restricción empieza a aplicar a partir del 19.8.22 con relación a las tenencias de CEDEAR adquiridos hasta el 21.7.22.  Para CEDEARS adquiridos posteriormente al 21.7.22 empieza a aplicar hoy.
Operaciones con TÃtulos Valores
Hasta el dÃa de ayer, para acceder al Mercado Único y Libre de Cambios (MULC) una empresa debÃa presentar una declaración jurada indicando que en los 90 dÃas antes y después no habÃa realizado ninguna de las siguientes operaciones:
- Ventas en el paÃs con liquidación en moneda extranjera de tÃtulos valores emitidos por residentes.
- Canjes de tÃtulos valores emitidos por residentes por activos externos.
- Transferencias de tÃtulos valores emitidos por residentes a entidades depositarias del exterior.
- Adquisición en el paÃs con liquidación en pesos de tÃtulos valores emitidos por no residentes.
- Entrega en el paÃs de activos locales lÃquidos a controlantes directas salvo en operaciones habituales. Si lo hubieran hecho, se presentaba una declaración jurada de cada controlante directa indicando que no habÃan hecho las operaciones 1 a 4 anteriormente listadas.
A partir de hoy, para acceder al MULC una empresa debÃa presentar una declaración jurada indicando que en los 90 dÃas antes y después no habÃa realizado ninguna de las siguientes operaciones (lo resaltado es lo que cambia):
- Ventas en el paÃs con liquidación en moneda extranjera de tÃtulos valores (emitidos por residentes o no residentes).
- Canjes de tÃtulos valores emitidos por residentes por activos externos
- Transferencias de tÃtulos valores (emitidos por residentes o no residentes) a entidades depositarias del exterior.
- Adquisición en el paÃs con liquidación en pesos de tÃtulos valores emitidos por no residentes.
- No ha adquirido certificados de depósitos argentinos representativos de acciones extranjeras.
- No ha adquirido tÃtulos valores representativos de deuda privada emitida en jurisdicción extranjera.
- No ha entregado fondos en moneda local ni otros activos locales (excepto fondos en moneda extranjera depositados en entidades financieras locales) a cualquier persona humana o jurÃdica, residente o no residente, vinculada o no, recibiendo como contraprestación previa o posterior, de manera directa o indirecta, por sà misma o a través de una entidad vinculada, controlada o controlante, activos externos, criptoactivos o tÃtulos valores depositados en el exterior.
- Entrega en el paÃs de activos locales lÃquidos a controlantes directas salvo en operaciones habituales. Si lo hubieran hecho, se presenta una declaración jurada de cada controlante directa indicando que no habÃan hecho las operaciones 1 a 7 anteriormente listadas.